Acción Terapéutica: Antihipoglicemiante
Forma Farmacéutica: Solución
Laboratorio: Vita Laboratorios
Distribuido por:
Vita Laboratorios
Forma farmacéutica y formulación
Composición por: 100 ml
Dextrosa anhidra 33,3 g
Agua destilada, rectificada, apirógena, c.s.p. 100 ml
Indicaciones terapéuticas
Nutrición parenteral. Hiperpotasemia. Deshidratación. La concentración al 33.3 % se indica en hipoglucemia aguda sintomática en neonatos o niños mayores como terapia de sustitución. Soluciones hipertónicas en la hipoglicemia.
Contraindicaciones
Hiperglicemia, anuria, hemorragias. Cetoacidosis diabética, estado hiperosmolar diabético. En el delirium tremens, coma hepático y síndrome de mala absorción de glucosa y galactosa. Diabetes mellitus.
Precauciones generales
Evaluar mediante análisis clínicos el balance hidroelectrolítico y ácido-base. Evitar la extravasación de la solución. Procurar la administración por vía intravenosa central. Puede producirse deficiencia de complejo B por la excesiva administración de estas soluciones.
Reacciones secundarias y adversas
Pueden producirse reacciones febriles, infección local, necrosis tisular, trombosis venosa o flebitis. Ocasionales: hiperglicemia, glucosuria. La dextrosa hipertónica puede provocar dolor local y su administración rápida lleva a la deshidratación debido a la hiperglicemia que induce.
Interacciones medicamentosas y de otro género
Con corticoides y corticotropina, no mezclar con sangre total ya que puede provocar hemólisis. No mezclar con: furosemida, hidralazina, fenitoína, insulina simple, sulfadiazina, amoxicilina con ácido clavulánico.
Dosis y vía de administración
Dosis sujeta a criterio médico, dependerá de la indicación, edad, peso, condición clínica, balance hídrico y ácido-básico del paciente.
Presentaciones
Caja de 25 ampollas al 33.3% x 10 ml.
Caja de 50 ampollas al 33.3% x 10 ml.
Caja de 100 ampollas al 33.3% x 10 ml.
Caja de 25 ampollas al 33.3% x 20 ml.
Caja de 50 ampollas al 33.3% x 20 ml.
Caja de 100 ampollas al 33.3% x 20 ml.
Registro sanitario
NN-23455/2017
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